Economía Internacional

Acuerdo RD-EE.UU.: ¿Legal sin Congreso?

El Acuerdo RD-EE.UU. podría ser cuestionado si se firma sin aprobación del Congreso. Expertos advierten sobre desafíos legales.

Acuerdo RD-EE.UU. y su legalidad sin Congreso
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El Acuerdo RD-EE.UU. está en discusión, y expertos advierten sobre su legalidad sin la aprobación del Congreso Nacional. La posibilidad de firmar un Memorando de Entendimiento (MOU) para este acuerdo con Estados Unidos ha generado debate legal. Los abogados enfatizan la importancia de seguir la vía jurídica correcta para evitar cuestionamientos constitucionales.

Acuerdo RD-EE.UU. y su legalidad sin Congreso
Acuerdo RD-EE.UU. y su legalidad sin Congreso

El Acuerdo RD-EE.UU. podría firmarse mediante un Memorando de Entendimiento (MOU), sugieren fuentes cercanas a las negociaciones. Sin embargo, esta opción ha generado preocupación entre expertos legales. Según Eduardo Jorge Prats, abogado constitucionalista, este método podría enfrentar desafíos constitucionales si no cuenta con la aprobación del Congreso Nacional. La situación actual destaca la relevancia de seguir el procedimiento adecuado para acuerdos internacionales.

La discusión sobre el Acuerdo RD-EE.UU. se centra en si un MOU podría comprometer jurídicamente al Estado sin la intervención del Congreso. Jorge Prats señala que, aunque un acuerdo ejecutivo es posible para cooperación política o administrativa, se debilita cuando se imponen compromisos legales. La Constitución Dominicana establece que los tratados internacionales requieren aprobación presidencial y legislativa, lo que complica el uso de un MOU en este contexto.

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El principio de "Pacta sunt servanda" es fundamental en el Derecho Internacional, estableciendo que los Estados deben cumplir los acuerdos vigentes de buena fe. Esta norma, presente en la Convención de Viena, refuerza la idea de que los compromisos internacionales deben respetarse. Jorge Prats recordó que la naturaleza del instrumento puede no ser determinante, pues tanto los tratados como los "executive agreements" pueden obligar al Estado.

El Acuerdo RD-EE.UU. genera preocupación si incluye compromisos en políticas públicas o regulaciones internas. Jorge Prats advierte que, cuanto más influya el acuerdo en estas áreas, más difícil será sostener que se trata solo de una guía política. El impacto potencial en áreas como compras gubernamentales y propiedad intelectual resalta la importancia de un proceso de aprobación formal.

Un antecedente relevante es la sentencia TC/0256/14 del Tribunal Constitucional, que estableció criterios sobre la naturaleza de los acuerdos internacionales. Este fallo determinó que ciertos instrumentos, aunque presentados como actos unilaterales, pueden tener efectos equivalentes a los de un tratado. Esto indica que la Corte puede evaluar el contenido y los efectos de un acuerdo más que su denominación.

La posibilidad de que el Acuerdo RD-EE.UU. sea cuestionado legalmente es significativa si se suscribe solo como un acuerdo ejecutivo. Jorge Prats enfatiza que, si los compromisos del acuerdo son similares a los de un tratado, es probable que se necesite seguir el procedimiento establecido en la Constitución. Este riesgo subraya la importancia de considerar los precedentes legales al planificar acuerdos internacionales.

Podría haber una interpretación diferente si el Acuerdo RD-EE.UU. aborda principalmente asuntos políticos u operativos, pero esto es menos probable. Según Jorge Prats, es más excepcional que el acuerdo se considere no autoejecutable y, por tanto, no necesite aprobación legislativa. La historia constitucional del país sugiere que los acuerdos que imponen obligaciones jurídicas requieren un proceso formal de ratificación.

El futuro del Acuerdo RD-EE.UU. sigue siendo incierto. Los expertos insisten en la necesidad de seguir la vía jurídica correcta para evitar conflictos legales. La decisión final puede sentar un precedente importante para futuros acuerdos internacionales de la República Dominicana.

Preguntas Frecuentes

¿Qué es un Memorando de Entendimiento (MOU)?

Un MOU es un acuerdo formal que expresa la intención de las partes de cooperar en ciertos términos. No siempre es legalmente vinculante.

¿Por qué el Acuerdo RD-EE.UU. es polémico?

El acuerdo es polémico porque se plantea firmarlo como un MOU sin la aprobación del Congreso, lo que podría ser inconstitucional.

¿Qué establece la Constitución Dominicana sobre tratados?

La Constitución requiere que los tratados internacionales sean aprobados por el presidente y el Congreso para ser legalmente válidos.


Fuente original: hoy.com.do

Escrito por IMoney AI